Contrato de Corretaje Mercantil
CONTRATO DE CORRETAJE MERCANTIL
En la ciudad de __________, República del Ecuador, a los __________ días del mes de __________ del año __________, comparecen:
COMITENTE: __________, [ecuatoriano/a / de nacionalidad __________], mayor de edad, portador/a de la cédula de ciudadanía / pasaporte No. __________, en su calidad de [persona natural con RUC No. __________ / representante legal de __________, con RUC No. __________], domiciliado/a en __________, a quien en adelante se le denominará EL COMITENTE.
CORREDOR: __________, [ecuatoriano/a / de nacionalidad __________], mayor de edad, portador/a de la cédula de ciudadanía / pasaporte No. __________, con RUC No. __________, domiciliado/a en __________, a quien en adelante se le denominará EL CORREDOR.
Las partes, libre y voluntariamente, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 61 al 73 del Código de Comercio del Ecuador y demás normativa aplicable, celebran el presente Contrato de Corretaje Mercantil, sujeto a las siguientes cláusulas:
CLÁUSULA PRIMERA: DEL OBJETO DEL CONTRATO
EL COMITENTE encarga a EL CORREDOR, quien acepta, la gestión de intermediación para la celebración del siguiente negocio:
- Naturaleza del negocio: __________ [compraventa / arrendamiento / préstamo / contrato de seguro / otro]
- Descripción del bien / servicio / negocio: __________
- Valor estimado de la operación: USD $__________
- Partes que se pretende vincular: __________ [solo la parte opuesta, si se trata de corretaje unilateral]
De conformidad con el artículo 61 del Código de Comercio, EL CORREDOR actuará como intermediario imparcial, poniendo en contacto a las partes interesadas para la celebración del negocio, sin actuar en nombre de ninguna de ellas, ni comprometerse como parte en la operación.
CLÁUSULA SEGUNDA: DEL PLAZO
EL CORREDOR dispondrá de un plazo de __________ [días/meses] a partir de la suscripción de este contrato para concluir su gestión de intermediación. Dentro de dicho plazo, EL CORREDOR deberá presentar al menos __________ [candidatos / propuestas / contrapartes] que cumplan con el perfil requerido por EL COMITENTE. El plazo podrá ser prorrogado por acuerdo escrito entre las partes.
CLÁUSULA TERCERA: DE LA REMUNERACIÓN DEL CORREDOR (CORREDURÍA)
EL COMITENTE pagará a EL CORREDOR, como remuneración por su gestión de intermediación, denominada correduría o comisión de corretaje, la suma equivalente al % sobre el valor total del negocio efectivamente concluido, esto es USD $ aproximadamente.
El pago de la correduría estará sujeto a las siguientes condiciones:
a) La correduría será exigible únicamente cuando el negocio se haya perfeccionado entre las partes puestas en contacto por EL CORREDOR, conforme al artículo 67 del Código de Comercio; b) EL CORREDOR no tendrá derecho a correduría si el negocio no llegare a concluirse, salvo pacto expreso en contrario o causa imputable a EL COMITENTE; c) La correduría se pagará dentro de los __________ días siguientes a la fecha de perfeccionamiento del negocio; d) En caso de que la misma operación sea encargada a varios corredores, solo tendrá derecho a la correduría aquel cuya gestión haya sido determinante para la conclusión del negocio.
CLÁUSULA CUARTA: DE LAS OBLIGACIONES DE EL CORREDOR
Son obligaciones de EL CORREDOR, de conformidad con los artículos 61 al 73 del Código de Comercio:
a) Ejecutar el encargo con la diligencia, pericia e imparcialidad propias de un corredor profesional; b) Proponer el negocio a las partes con exactitud y claridad, sin ocultar información relevante; c) Verificar la identidad y legitimidad de las partes que ponga en contacto; d) Comprobar, en la medida de sus posibilidades, la autenticidad y validez de los documentos relativos al negocio; e) Guardar reserva y confidencialidad sobre las instrucciones de las partes; f) No favorecer a ninguna de las partes en perjuicio de la otra; g) Informar a EL COMITENTE sobre el avance de las gestiones con la periodicidad de __________; h) No contratar en su propio nombre lo que se le encargue intermediar, ni adquirir para sí los bienes cuya venta se le encomiende; i) Llevar un registro ordenado de las operaciones de corretaje que realice.
CLÁUSULA QUINTA: DE LAS OBLIGACIONES DE EL COMITENTE
Son obligaciones de EL COMITENTE:
a) Proporcionar a EL CORREDOR toda la información veraz y documentación necesaria para el ejercicio de su gestión; b) Atender oportunamente las propuestas y comunicaciones de EL CORREDOR; c) Pagar la correduría en los términos y condiciones establecidos en la Cláusula Tercera; d) No contratar directamente con las partes presentadas por EL CORREDOR dentro del período de vigencia de este contrato, eludiendo el pago de la correduría; e) Notificar a EL CORREDOR en caso de que el negocio se realice por gestión directa o de otro intermediario; f) Reembolsar a EL CORREDOR los gastos debidamente justificados en que incurra por instrucción expresa de EL COMITENTE.
CLÁUSULA SEXTA: DE LA IMPARCIALIDAD DEL CORREDOR
De conformidad con el artículo 64 del Código de Comercio, EL CORREDOR está obligado a la imparcialidad en el ejercicio de su función. Queda expresamente prohibido a EL CORREDOR:
a) Recibir retribución de ambas partes del negocio sin el conocimiento y consentimiento de cada una de ellas; b) Tener interés directo o indirecto en el negocio que se le encarga intermediar; c) Dar preferencias o revelar información confidencial de una parte a la otra en perjuicio de la primera; d) Garantizar la solvencia de las partes, salvo pacto expreso y con el correspondiente incremento de la correduría.
CLÁUSULA SÉPTIMA: DE LA DOCUMENTACIÓN DE LAS OPERACIONES
De conformidad con el artículo 65 del Código de Comercio, EL CORREDOR deberá:
a) Extender las pólizas de las operaciones en que intervenga, conforme a la ley; b) Conservar una copia de los documentos que firmen las partes con su intervención; c) Proporcionar a las partes, a solicitud, los datos y documentos necesarios para la prueba de los negocios concluidos; d) Certificar, cuando se le requiera, la autenticidad de su intervención en las operaciones.
CLÁUSULA OCTAVA: DE LA EXCLUSIVIDAD
[Seleccionar la opción aplicable]
CON EXCLUSIVIDAD: EL COMITENTE otorga a EL CORREDOR exclusividad para la gestión de intermediación del negocio descrito en la Cláusula Primera, durante el plazo establecido. EL COMITENTE no podrá encargar la misma gestión a otro corredor ni concluir el negocio directamente sin el pago de la correduría.
SIN EXCLUSIVIDAD: EL COMITENTE podrá encargar la misma gestión a otros corredores simultáneamente, en cuyo caso solo se pagará la correduría al corredor cuya gestión haya sido determinante para la conclusión del negocio.
CLÁUSULA NOVENA: DE LA TERMINACIÓN
El presente contrato podrá darse por terminado en los siguientes casos:
a) Por conclusión exitosa del negocio encargado; b) Por vencimiento del plazo sin que se haya concluido el negocio; c) Por revocación de EL COMITENTE, con aviso previo de __________ días; si la revocación fuere intempestiva, EL COMITENTE deberá pagar a EL CORREDOR los gastos en que hubiere incurrido; d) Por renuncia de EL CORREDOR con aviso previo de __________ días; e) Por mutuo acuerdo de las partes.
CLÁUSULA DÉCIMA: DE LA INDEPENDENCIA DE LAS PARTES
El presente contrato no crea relación laboral, de sociedad, ni de mandato entre las partes. EL CORREDOR es un intermediario independiente que actúa por su propio riesgo y cuenta, siendo responsable de los daños que cause por dolo o culpa grave en el ejercicio de sus funciones, conforme al Código de Comercio.
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: DE LA CONFIDENCIALIDAD
Las partes se obligan a mantener en estricta confidencialidad toda la información que se intercambie en virtud de este contrato, durante su vigencia y por un período de __________ años posteriores a su terminación, conforme a las disposiciones aplicables de la legislación ecuatoriana.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: DEL DOMICILIO Y JURISDICCIÓN
Para todos los efectos legales, las partes señalan como domicilio:
- EL COMITENTE: __________
- EL CORREDOR: __________
Las notificaciones se realizarán por escrito a los domicilios señalados o al correo electrónico: __________ / __________. Las controversias se someterán a la jurisdicción de los jueces competentes del cantón __________, provincia de __________, de conformidad con el Código Orgánico General de Procesos.
En fe de lo cual, las partes suscriben el presente contrato en dos ejemplares de igual tenor y valor, en la ciudad y fecha indicadas al inicio.
| | | |---|---| | EL COMITENTE | EL CORREDOR | | | | | _________________________ | _________________________ | | Nombre: __________________ | Nombre: __________________ | | C.I. / RUC: ______________ | C.I. / RUC: ______________ | | Cargo: ___________________ | Firma: ___________________ | | Firma: ___________________ | |
TESTIGO 1:
Nombre: __________________________ C.I.: _____________________________ Firma: ____________________________
TESTIGO 2:
Nombre: __________________________ C.I.: _____________________________ Firma: ____________________________