Civil

Contrato de Prestación de Servicios Profesionales

Ley aplicable: Código Civil Ecuatoriano, Arts. 1941-1969Actualizado: marzo de 2026

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES

En la ciudad de ________, a los __ días del mes de __________ de 20.

COMPARECEN: De una parte, EL/LA CONTRATANTE, señor/a / empresa __________, con cédula de identidad / RUC No. __________, con domicilio en __________, provincia de ________, debidamente representad [para personas jurídicas: por su representante legal, señor/a __________, con C.I. No. __________], a quien en adelante se le denominará "EL CONTRATANTE"; y, de otra parte, EL/LA PROFESIONAL, señor/a __________, de nacionalidad ecuatoriana, mayor de edad, con cédula de identidad No. __________, con título profesional de __________, registrado en __________ bajo el No. __________, con domicilio en __________, provincia de __________, a quien en adelante se le denominará "EL PROFESIONAL".

Las partes, capaces para contratar y obligarse, libre y voluntariamente celebran el presente Contrato de Prestación de Servicios Profesionales, al amparo de los Arts. 1941 al 1969 del Código Civil Ecuatoriano y las normas aplicables de la materia, conforme a las siguientes cláusulas:


CLÁUSULA PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO

El Profesional se obliga a prestar sus servicios profesionales de __________ al Contratante, ejecutando las siguientes actividades específicas:






Los servicios serán prestados de conformidad con las normas técnicas y éticas propias de la profesión de __________, con la debida diligencia, competencia y lealtad que se deben al cliente.


CLÁUSULA SEGUNDA: PLAZO DE EJECUCIÓN

El presente contrato tendrá una duración de __________ [días / semanas / meses], contados a partir de la fecha de su suscripción, esto es, desde el __ de __________ de 20__ hasta el __ de __________ de 20__.

Las partes podrán prorrogar el plazo de común acuerdo y por escrito, con al menos __ días de anticipación al vencimiento del plazo original.


CLÁUSULA TERCERA: HONORARIOS PROFESIONALES

El Contratante pagará al Profesional por la prestación de los servicios convenidos la suma de USD $__________ (__________ DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), de la siguiente manera:

  • Anticipo: USD $__________ [__% del total], pagadero a la firma del presente contrato.
  • Segunda cuota: USD $__________, pagadera a la entrega de __________.
  • Cuota final: USD $__________, pagadera a la entrega del producto / informe / servicio final.

[Alternativa - Honorario mensual:] El Contratante pagará al Profesional un honorario mensual de USD $__________, pagadero dentro de los primeros __ días de cada mes, contra presentación de la factura correspondiente.

Los pagos se realizarán mediante: __________ [efectivo / transferencia bancaria a la cuenta No. __ del banco __, a nombre de __].


CLÁUSULA CUARTA: OBLIGACIONES DEL PROFESIONAL

El Profesional se obliga a:

  1. Prestar los servicios convenidos con la más alta diligencia, competencia profesional y ética.
  2. Guardar absoluta confidencialidad sobre la información, documentos y datos del Contratante a los que tenga acceso en razón de sus servicios.
  3. Mantener comunicación permanente con el Contratante e informar sobre el avance de los trabajos.
  4. Cumplir con los plazos y entregables establecidos en el presente contrato y sus anexos.
  5. Asumir plena responsabilidad técnica y profesional por los informes, dictámenes u obras que produzca.
  6. No subcontratar los servicios sin previa autorización escrita del Contratante.
  7. Mantener vigentes sus credenciales, habilitaciones y seguros profesionales requeridos.

CLÁUSULA QUINTA: OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE

El Contratante se obliga a:

  1. Pagar oportunamente los honorarios convenidos.
  2. Proporcionar al Profesional toda la información, documentos y recursos necesarios para la ejecución de los servicios.
  3. Facilitar el acceso a las instalaciones, sistemas o personas que el Profesional requiera para cumplir con su encargo.
  4. Revisar y aprobar oportunamente los entregables presentados por el Profesional.
  5. No interferir en el ejercicio independiente de la actividad profesional convenida.

CLÁUSULA SEXTA: NATURALEZA DEL CONTRATO E INDEPENDENCIA

El presente contrato es de naturaleza civil y no genera relación laboral alguna entre las partes. El Profesional actúa con plena autonomía e independencia en la organización y ejecución de su trabajo, sin subordinación al Contratante. El Profesional asume a su cargo el pago de sus propias cargas tributarias, aportes al IESS (como trabajador autónomo de ser el caso) y demás obligaciones que le correspondan conforme a la ley.


CLÁUSULA SÉPTIMA: PROPIEDAD INTELECTUAL

Salvo acuerdo en contrario, los informes, obras, documentos, diseños y demás productos intelectuales generados por el Profesional en la ejecución de este contrato se considerarán de propiedad del Contratante una vez realizado el pago total de los honorarios, de conformidad con la Ley de Propiedad Intelectual del Ecuador. El Profesional podrá utilizar dichos trabajos en su portafolio profesional únicamente con autorización escrita del Contratante.


CLÁUSULA OCTAVA: CONFIDENCIALIDAD

El Profesional se obliga a mantener en estricta confidencialidad toda la información relacionada con el Contratante, sus operaciones, clientes, estrategias y demás datos a los que acceda durante la vigencia de este contrato y por un período de __ años posteriores a su terminación. Esta obligación subsistirá incluso después de la conclusión del contrato.


CLÁUSULA NOVENA: CAUSAS DE TERMINACIÓN

El presente contrato podrá darse por terminado por:

  1. Mutuo acuerdo de las partes, por escrito.
  2. Incumplimiento grave de cualquiera de las partes de sus obligaciones contractuales.
  3. Vencimiento del plazo pactado sin prórroga acordada.
  4. Caso fortuito o fuerza mayor que haga imposible la ejecución del contrato.
  5. Decisión unilateral de cualquiera de las partes, con un preaviso mínimo de __ días calendario.

En caso de terminación unilateral sin causa justificada, la parte que dé por terminado el contrato indemnizará a la otra con una suma equivalente a __________.


CLÁUSULA DÉCIMA: RESPONSABILIDAD PROFESIONAL

El Profesional responderá ante el Contratante por los daños y perjuicios directos que se deriven del incumplimiento culposo o doloso de sus obligaciones contractuales, conforme a los Arts. 1563 y siguientes del Código Civil. La responsabilidad del Profesional no excederá el valor total de los honorarios pagados, salvo en casos de dolo o culpa grave.


CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Las partes acuerdan que cualquier controversia derivada del presente contrato será resuelta, en primer lugar, mediante negociación directa entre ellas. De no llegar a un acuerdo en el plazo de __ días, las partes acudirán a mediación ante el Centro de Mediación de __________, y si persistiera la controversia, se someterán a la jurisdicción y competencia de los jueces de lo civil de la ciudad de __________.


CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: ACEPTACIÓN

Las partes declaran haber leído, entendido y aceptado íntegramente el contenido del presente contrato, suscribiéndolo en dos ejemplares de igual tenor y valor.


EL CONTRATANTE:

Firma: __________________________

Nombre: __________________________

C.I. / RUC: __________________________

Cargo (si aplica): __________________________

 

EL PROFESIONAL:

Firma: __________________________

Nombre: __________________________

C.I.: __________________________

Título Profesional: __________________________

Registro Profesional No.: __________________________