Contrato de Servicios Petroleros
CONTRATO DE SERVICIOS PETROLEROS
En la ciudad de ________, a los __ días del mes de __________ de 20.
Comparecen a la celebración del presente contrato de servicios petroleros:
CONTRATANTE: __________ (Nombre / Razón Social), con RUC No. __________, con domicilio en __________, representada/o legalmente por __________, en calidad de __________ (Gerente General / Representante Legal / apoderado), conforme al nombramiento inscrito en el Registro Mercantil bajo el No. __________, a quien en adelante se denominará "LA CONTRATANTE".
EMPRESA DE SERVICIOS PETROLEROS (ESP): __________ (Nombre / Razón Social), con RUC / registro extranjero No. __________, con domicilio en __________, representada/o legalmente por __________, en calidad de __________, debidamente calificada ante la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables (ARCERNNR) bajo el registro No. __________, a quien en adelante se denominará "LA ESP".
Los comparecientes, capaces para contratar y obligarse, libre y voluntariamente, convienen en celebrar el presente contrato de servicios petroleros, sujeto a las disposiciones de la Ley de Hidrocarburos del Ecuador, su Reglamento y demás normas aplicables, conforme a las siguientes cláusulas:
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
LA CONTRATANTE es titular de los derechos de exploración y/o explotación de hidrocarburos en el Bloque/Campo Petrolero No./denominado "__________", ubicado en la provincia de __________, conforme al contrato de servicios/concesión suscrito con el Estado ecuatoriano el __ de __________ de 20__, que cubre una superficie de __________ hectáreas.
Para el desarrollo de sus actividades, LA CONTRATANTE requiere contratar los servicios técnicos especializados de LA ESP, quien cuenta con la experiencia, personal calificado y equipos necesarios para la prestación del servicio objeto del presente contrato.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO
LA ESP se obliga a prestar a LA CONTRATANTE los siguientes servicios petroleros especializados:
☐ Perforación de pozos: Perforación del/los pozo(s) __________ (denominación), hasta una profundidad de __________ pies/metros, en el área __________;
☐ Workover y reacondicionamiento: Servicios de workover y reacondicionamiento del pozo __________;
☐ Servicios de registros eléctricos (wireline): Registros de pozo tipo __________ (gamma ray / densidad / neutrónico / sónico / resistividad / otro);
☐ Cementación de pozos: Cementación primaria/secundaria del pozo __________;
☐ Estimulación de formaciones: Acidificación / fracturamiento hidráulico del pozo __________;
☐ Levantamiento artificial: Instalación y operación de sistema de __________ (bombeo mecánico / bombeo electrosumergible / gas lift);
☐ Transporte de crudo: Transporte de __________ barriles diarios de petróleo desde __________ hasta __________;
☐ Otros servicios: __________ (describir detalladamente).
CLÁUSULA TERCERA: PLAZO
El presente contrato tendrá una duración de __________ días / meses / años, contado a partir de la Fecha de Inicio Efectivo de Operaciones (FIEO), la cual será comunicada por LA CONTRATANTE a LA ESP con al menos __________ días de anticipación.
El plazo podrá ser prorrogado mediante acuerdo escrito de las partes, aprobado con al menos __________ días de anticipación al vencimiento.
CLÁUSULA CUARTA: PRECIO Y FORMA DE PAGO
El precio total pactado por los servicios objeto del presente contrato es de:
Modalidad de precios:
☐ Precio alzado: USD $__________ (__________ dólares) por el servicio completo;
☐ Precio unitario: USD $__________ por __________ (metro perforado / barril transportado / hora-máquina / jornada / otro);
☐ Tarifa diaria: USD $__________ por día efectivo de trabajo;
☐ Combinación: __________ (describir la fórmula de precio mixto).
Estimación total del contrato: USD $__________ (monto referencial sujeto a variación conforme a la escala de precios acordada).
Forma de pago:
- Anticipo: USD $__________ (__________ %) a la suscripción del contrato, previa presentación de garantía bancaria de fiel cumplimiento equivalente al anticipo;
- Pagos parciales: __________ % del avance verificado, dentro de los __________ días siguientes a la aprobación de la planilla correspondiente;
- Liquidación final: Saldo restante a la entrega del informe final y aceptación de los servicios por parte de LA CONTRATANTE.
CLÁUSULA QUINTA: GARANTÍAS
LA ESP se obliga a presentar las siguientes garantías:
a) Garantía de fiel cumplimiento del contrato: equivalente al 10 % del valor total del contrato, mediante póliza de seguro emitida por una compañía autorizada por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros del Ecuador;
b) Garantía por anticipo: Equivalente al 100 % del anticipo recibido, mediante póliza de seguro o garantía bancaria;
c) Póliza de responsabilidad civil: Por un monto mínimo de USD $__________, que cubra los daños a terceros derivados de las operaciones;
d) Póliza de seguro de maquinaria y equipos: Por el valor de reposición de los equipos utilizados.
CLÁUSULA SEXTA: OBLIGACIONES AMBIENTALES Y HSEQ
LA ESP se obliga a:
a) Cumplir con las normas ambientales vigentes establecidas en el Acuerdo Ministerial No. 061 del MAATE (Reforma al Libro VI del TULAS) y el Reglamento Ambiental de Operaciones Hidrocarburíferas (RAOH);
b) Implementar el Plan de Manejo Ambiental (PMA) aprobado para las operaciones;
c) Cumplir con las normas HSEQ (Health, Safety, Environment & Quality) de LA CONTRATANTE;
d) Reportar inmediatamente cualquier derrame, incidente o accidente y ejecutar las acciones de respuesta de emergencia conforme al plan aprobado;
e) Garantizar que todo el personal cuente con los equipos de protección personal (EPP) requeridos y haya completado la inducción de seguridad;
f) Llevar el registro de incidentes, accidentes e indicadores HSEQ y reportarlos a LA CONTRATANTE con periodicidad __________.
CLÁUSULA SÉPTIMA: PERSONAL Y EQUIPOS
LA ESP se obliga a contar, durante la ejecución del contrato, con el siguiente personal técnico calificado y equipos:
Personal mínimo requerido:
| Cargo | Cantidad | Experiencia mínima | Certificaciones | |---|---|---|---| | __________ | __ | __ años | __________ | | __________ | __ | __ años | __________ | | __________ | __ | __ años | __________ |
Equipos principales:
| Descripción del equipo | Marca/Modelo | Capacidad | Estado | |---|---|---|---| | __________ | __________ | __________ | __________ | | __________ | __________ | __________ | __________ |
CLÁUSULA OCTAVA: OBLIGACIONES LABORALES
LA ESP es el único empleador del personal que designe para prestar los servicios, siendo responsable de todos los derechos y obligaciones laborales conforme al Código de Trabajo ecuatoriano, incluyendo afiliación al IESS, pago de beneficios sociales, horas extras, y demás derechos laborales. No existe relación laboral alguna entre el personal de LA ESP y LA CONTRATANTE.
CLÁUSULA NOVENA: PROPIEDAD DE LOS DATOS E INFORMACIÓN
Toda la información técnica, datos sísmicos, registros de pozos y demás datos generados durante la prestación de los servicios son de propiedad exclusiva de LA CONTRATANTE. LA ESP se obliga a mantener absoluta confidencialidad sobre dicha información y a no divulgarla a terceros sin autorización escrita de LA CONTRATANTE, durante la vigencia del contrato y por cinco (5) años posteriores a su terminación.
CLÁUSULA DÉCIMA: PENALIDADES
El incumplimiento en los plazos de ejecución por causas imputables a LA ESP generará una penalidad de USD $__________ por día de retraso, hasta un máximo del __________ % del valor total del contrato. El incumplimiento en el pago de planillas por causas imputables a LA CONTRATANTE generará intereses de mora a la tasa activa referencial máxima del Banco Central del Ecuador.
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: TERMINACIÓN
El contrato podrá terminarse anticipadamente por:
a) Mutuo acuerdo escrito de las partes; b) Incumplimiento grave de las obligaciones de cualquiera de las partes, previa notificación y plazo de quince (15) días para subsanar; c) Caso fortuito o fuerza mayor que imposibilite la ejecución por más de __________ días; d) Declaratoria de quiebra o insolvencia de cualquiera de las partes; e) Resolución gubernamental que afecte las operaciones del Bloque/Campo petrolero.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Las controversias que no puedan resolverse de manera directa serán sometidas a Arbitraje Internacional ante el Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio Internacional (CCI) con sede en __________, con aplicación del derecho ecuatoriano como ley sustantiva.
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA: ACEPTACIÓN
Las partes declaran haber leído y aceptado el presente contrato. Firman en tres (3) ejemplares de igual tenor y valor.
LA CONTRATANTE:
Firma: __________________________
Nombre / Razón Social: __________________________
RUC: __________________________
Representante Legal: __________________________
LA EMPRESA DE SERVICIOS PETROLEROS (ESP):
Firma: __________________________
Nombre / Razón Social: __________________________
RUC / Registro: __________________________
Representante Legal: __________________________
Contrato celebrado conforme a la Ley de Hidrocarburos del Ecuador (R.O. Suplemento No. 711, 15 de noviembre de 1978, y sus reformas), el Reglamento Ambiental de Operaciones Hidrocarburíferas (RAOH) y demás normas aplicables.